En el derecho civil existen tres clasificaciones de supuestos importantes a distinguir:
- Hecho jurídico.
- Acto jurídico.
- Negocio jurídico.
El negocio jurídico es una manifestación de voluntad de una o varias partes encaminadas a producir efectos de derecho.
Ejemplos de negocios jurídicos: Convenio y contrato.
Ahora bien, los siguientes son elementos de validez del negocio jurídico (contrato y convenio):
l.- La capacidad de ejercicio del autor o de las partes;
II.- La voluntad no viciada;
III.- La licitud en el objeto indirecto en el motivo o fin o en la condición del negocio;
IV.- La forma.
Para que la voluntad obligue debe:
I.- Ser expresada por persona capaz; y
II.- No estar viciada.
El que tiene capacidad para celebrar un negocio jurídico, puede hacerlo por sí o por medio de otro legalmente autorizado.
Ninguna parte puede comprometerse en nombre de otro sin estar autorizado por él o por la ley.
La voluntad no es válida si ha sido dada por error, por miedo o por dolo.